Confesión

Este sacramento es llamado sacramento de la Penitencia, de la Reconciliación, del Perdón, de la Confesión y de la Conversión.

Puesto que la vida nueva de la gracia, recibida en el Bautismo, no suprimió la debilidad de la naturaleza humana ni la inclinación al pecado (esto es, la concupiscencia), Cristo instituyó este sacramento para la conversión de los bautizados que se han alejado de Él por el pecado.  Dado que Cristo vino a salvarnos, la llamada de Cristo a la conversión resuena continuamente en la vida de los bautizados. Esta conversión es una tarea ininterrumpida para toda la Iglesia, que, siendo santa, recibe en su propio seno a los pecadores.

Por lo mismo, todos podemos acercarnos a este sacramento, comenzando siempre de lo que podríamos llamar «la penitencia interior» que es el dinamismo del «corazón contrito» (Sal 51, 19), movido por la gracia divina a responder al amor misericordioso de Dios. Implica el dolor y el rechazo de los pecados cometidos, el firme propósito de no pecar más, y la confianza en la ayuda de Dios. Se alimenta de la esperanza en la misericordia divina.

¿Cuándo fue instituido este sacramento?

El Señor resucitado instituyó este sacramento cuando la tarde de Pascua se mostró a sus Apóstoles y les dijo: «Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos» (Jn 20, 22-23).

Elementos esenciales del sacramento de la Reconciliación

Los elementos esenciales del sacramento de la Reconciliación son dos: los actos que lleva a cabo el hombre, que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, y la absolución del sacerdote, que concede el perdón en nombre de Cristo y establece el modo de la satisfacción.

¿Cuáles son los actos propios del penitente?

Los actos propios del penitente son los siguientes: un diligente examen de conciencia; la contrición (o arrepentimiento), que es perfecta cuando está motivada por el amor a Dios, imperfecta cuando se funda en otros motivos, e incluye el propósito de no volver a pecar; la confesión, que consiste en la acusación de los pecados hecha delante del sacerdote; la satisfacción, es decir, el cumplimiento de ciertos actos de penitencia, que el propio confesor impone al penitente para reparar el daño causado por el pecado.

Por tanto, se deben confesar todos los pecados graves aún no confesados que se recuerdan después de un diligente examen de conciencia. La confesión de los pecados graves es el único modo ordinario de obtener el perdón.

Todo fiel, que haya llegado al uso de razón, está obligado a confesar sus pecados graves al menos una vez al año, y de todos modos antes de recibir la sagrada Comunión.

Sin embargo, en la vida no siempre cometemos pecados graves.  La Iglesia recomienda vivamente la confesión de los pecados veniales, aunque no sea estrictamente necesaria, ya que ayuda a formar una recta conciencia y a luchar contra las malas inclinaciones, a dejarse curar por Cristo y a progresar en la vida del Espíritu.

Aunque la mayoría de los pecados pueden ser perdonados por cualquier sacerdote, existen algunos pecados particularmente graves (como son los castigados con la excomunión) está reservada a la Sede Apostólica es decir al Papa o al obispo del lugar o a los presbíteros autorizados por ellos.

¿Por qué el sacerdote es el ministro de este sacramento?

Cristo confió el ministerio de la reconciliación a sus Apóstoles, a los obispos, sucesores de los Apóstoles, y a los presbíteros, colaboradores de los obispos, los cuales se convierten, por tanto, en instrumentos de la misericordia y de la justicia de Dios. Ellos ejercen el poder de perdonar los pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.

El Sigilo Sacramental

Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, todo confesor está obligado, sin ninguna excepción y bajo penas muy severas, a mantener el sigilo sacramental, esto es, el absoluto secreto sobre los pecados conocidos en confesión.

El acudir al sacramento de la reconciliación tiene efectos en la vida de la persona

Los efectos del sacramento de la Penitencia son:

  1. la reconciliación con Dios y, por tanto, el perdón de los pecados;
  2. la reconciliación con la Iglesia;
  3. la recuperación del estado de gracia, si se había perdido;
  4. la remisión de la pena eterna merecida a causa de los pecados mortales, sabiendo que cada acto tiene consecuencias en la propia vida.
  5. la paz y la serenidad de conciencia y
  6. el consuelo del espíritu; el aumento de la fuerza espiritual para el combate cristiano.